En las últimas semanas se escucha hablar en tono de amenaza por parte del Gobierno nacional de que aplicará la “Ley de Abastecimiento” para asegurar el normal abastecimiento y distribución en condiciones de calidad y precio razonable.
Los orígenes de esta Ley datan de los duros días del tercer mandato del General Perón, cuando la inestabilidad en la Argentina ya se hacía sentir. Apenas unos días antes de morir el Presidente Perón, el día 20 de junio de 1974, Congreso de la Nación sancionó aquella norma que en su definición dice que tiende a regular “la compraventa, permuta y locación de cosas muebles, obras y servicios ” “que satisfaga —directamente o indirectamente— necesidades comunes o corrientes de la población”, así como las “penalidades para los infractores”.
Sin embargo, una década antes, durante el mandato del Presidente Arturo Umberto Illia, vio la luz la Ley Nacional 16.454, también llamada “Ley Nacional de Abastecimiento, en cuya redacción en modo más claro se expresaba su objeto diciendo que venía a “promover el normal abastecimiento y distribución en condiciones de calidad y precio razonable, de todos los bienes y servicios económicos que afectan las condiciones de vida de la población, para la defensa del consumo y crecimiento efectivo de la producción”.
Para el cumplimiento de los objetivos propuestos, el Gobierno proponía eliminar la figura del intermediario generando el comercio directo entre el productor y el mercado, a la vez que fomentaba la creación de cooperativas y una red nacional de mercados centrales.
Se establecía una pedagogía destinada a educar al consumidor y se penaba con prisión de 3 a 10 años a quien elevara en modo “artificioso los precios o provocara escasez de mercadería”.
Así, quedaba habilitada una batería de sanciones que iban desde la multa, la clausura preventivas de los comercios hasta la prisión de los directivos.
Ahora bien, abogados penalistas explicaron que varias de las transgresiones, como por ejemplo el desvío del abastecimiento o la negación de venta de insumos, son ilícitos "continuados", esto es que no se cometen en un único acto. Y por esa circunstancia un juez podrá ordenar el arresto de un directivo de la compañía para impedir la continuidad del delito y trasladarlo a Tribunales con el fin de tomarle declaración indagatoria, una etapa esencial de la investigación judicial.
Se trata de una medida "excepcional" que habilita el propio Código Procesal, y que incluso puede ser dispuesta verbalmente por el juez a cargo del proceso. De modo que la detención es una decisión extrema que un magistrado deberá ponderar, aunque sólo en casos de "especial gravedad" para la seguridad y el orden económico nacional, como bien jurídico protegido por la ley.
Pero otros especialistas consultados ponen en duda que esa ley esté vigente, pese a que el Gobierno ya aplicó la ley.
Las dudas pasan porque en octubre del año pasado, la Secretaría de Comercio Interior dictó la resolución 25/06 como respuesta a la escasez de gasoil que se registró en las bocas de expendio de combustible.
La medida buscó "asegurar el suministro de hidrocarburos líquidos", y dispuso que las empresas refinadoras y los expendedores "deberán cubrir de forma razonablemente justificada el total de la demanda de gasoil".
La norma sólo nombró a la Ley de Abastecimiento en su último artículo, que habilitó a la Secretaría para "aplicar los procedimientos" previstos en esa norma.
Hacia fines de aquel mes, la secretaría inició controles en las estaciones de servicio para detectar faltantes. Los informes eran girados a Moreno para que éste aplique las sanciones previstas en la ley de abastecimiento.
Según la secretaría, el total de la multa impuesta a Shell en diciembre último corresponde a la sumatoria de $1 millón "por cada una de las imputaciones comprobadas" en esas inspecciones.
A través de un comunicado, Comercio Interior explicó que para fijar el monto, la secretaría tuvo en cuenta la "dimensión económica de la empresa", así como "la importancia socioeconómica de la infracción y la necesidad de satisfacer las demandas de la población".
Sin embargo, expertos aseguraron que la Ley de Abastecimiento (L.20.680) no está vigente. "Fue suspendida mediante el decreto que dispuso la desregulación económica a principios de la década del 90", señaló Máximo Bomchil, socio de M&M Bomchil, en momentos en que se dispuso la sanción a Shell.
Ese decreto es el 2284/91, que en su artículo 4º dispuso "suspender el ejercicio de las facultades otorgadas por la ley de abastecimiento". Las mismas "sólo podrían ser reestablecidas si una ley del Congreso decretaba una emergencia en el abastecimiento, algo que nunca sucedió", destacó el abogado.
En tanto, Héctor Huici, del mismo estudio, estimó por entonces que "una sanción con fundamento en la Ley de Abastecimiento sería nula" por la falta de vigencia de esa ley.
Fuente: Medios varios
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